Liga Superibèrica Copa/Taça Ibèrica

Pues sí, parece definitivo, y va a afectar a las estructuras del rugby aplicadas entre nosotros hasta ahora.
Para empezar, entra de lleno la TV, la publicidad industrializada, la profesionalización de, al menos, una parte importante de las plantillas participantes, y la modificación de las instalaciones en cuanto a aforo, soportes y costumbres publicitarias existentes hasta la fecha en el rugby.
Uno de los diez participantes de esta competición en régimen de FRANQUICIA con sede en DONOSTIA es el Bera Bera.
Las restantes franquicias son: VALLADOLID (Cetransa El Salvador)SANT BOI DE LLOBREGAT ( U.S. Santboiana), POZUELO (CRC Boadilla o Real Madrid), SEVILLA ( Tartessos o Helvetia) LISBOA (Benfica) LISBOA (Os Belenenses), OPORTO (Direito), ALGARVE (Agronomía), LA LINEA DE LA CONCEPCIÓN (Gibraltar).
Diez equipos, juego a una sola vuelta, por esta temporada, y se espera un ajuste de calendario de competiciones y compromisos internacionales coordinado con las federaciones portuguesa y española para las próximas temporadas jugar a doble vuelta.
Como se juega en régimen de franquicias y es una competición privada fuera de la jurisdicción y normas de las federaciones, es posible la inclusión de Gibraltar en la competición. La Federación Española de Rugby se opuso a esta participación invocando acuerdos internacionales vigentes en el deporte federado, pero da la sensación de que se haya opuesto solamente por obligación ante el C.S.D., pues la solución (¿) ha sido jugar en La Línea de la Concepción.
La competición se inicia el 27/3/09 aunque se menciona también el 22/3/09 para el comienzo.. Como ya se ha indicado, se juega a una sola vuelta más dos jornadas de “Final Four”, y termina la primera semana de Junio 09.
Cada franquicia abona 60.000€, en concepto de derechos de inscripción, a la organización de la competición, representada por Superibérica Sports Events,S.L., cercana al Grupo Prisa (Canal +, etc.).
La organización obliga a disponer de una plantilla mínima de 35 jugadores. De ellos
al menos, 10 profesionales con un sueldo bruto mínimo mensual de entre 4.500 y 6.000€. más
Seg. Soc. etc, teniendo los técnicos el mismo tratamiento económico.
Son a cargo de la franquicia los gastos de alquiler del campo, ”tercer tiempo”, compensaciones económicas a delegados, relaciones públicas, accesos, etc..
La organización se compromete a compensar con, al menos, l00.000 € a cada franquicia. Como los gastos de viaje, pólizas, arbitrajes etc., son a su cargo, suponemos que se deducirán de la cantidad indicada. A cambio la organización explota los derechos de TV (dos retransmisiones semanales) y los ingresos por publicidad.
Las franquicias se comprometen a colaborar y facilitar los espacios y soportes para instalar los rótulos publicitarios de las empresas contratadas por la Organización y que aparecerán de igual forma, en todos los campos.

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